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¿Independiente? También tienes derecho a pre y postnatal

¿Eres profesional independiente y siempre has soñado con cuidar a tu hijo en sus primeros meses de vida, sin tener la incertidumbre de cómo llegar a fin de mes? La ley que extiende el post natal parental, aprobada e implementada desde octubre de 2011, se encarga de cumplir el sueño de tantas familias chilenas.

Muchas de las que trabajamos en el área creativa (artistas, diseñadoras, actrices, publicistas, escritoras, entre otros) hemos optado, por distintos motivos, por trabajar como independientes, lo que nos permite compatibilizar trabajo y familia, manejar mejor nuestros tiempos y contar con clientes propios.

Pero en más de alguna conversación, hemos visto como nuestros amigos que trabajan con contrato, además de tener una anhelada estabilidad laboral, cuentan con beneficios sociales a los que no podemos optar o creemos que no podemos acceder.

Uno de los cambios más importantes de la ley 20.545 aprobada hace algunos años, es la figura del post natal parental, cuyo beneficio se extiende también a las trabajadoras independientes - mujeres que trabajamos a honorarios y/o por cuenta propia.

El post natal anterior a la nueva ley, era solamente de 12 semanas (tres meses). Con esta nueva ley se extendió a seis meses y se agregó el denominado post natal parental, pudiéndose ejercer de dos formas: en jornada completa (es decir, los 5 meses y medios íntegros); o bien media jornada, en este caso se prolonga por 18 semanas en vez de 12, lo que da un total de siete meses y medio de post natal.

Para acceder a un subsidio maternal necesitas considerar algunos requisitos que te solicitarán:

1. Tener mínimo un año de afiliación previsional, es decir cotizar en una AFP.
2. Además es indispensable tener Fonasa o algún contrato con una Isapre durante el mismo período.

En caso de tener Isapre, es importante no ser carga (si bien el plan sale más barato, esta modalidad está pensada para personas que no tienen un trabajo remunerado, por lo que no necesitarían licencias médicas, como en el caso de los niños y las dueñas de casa). Esto quiere decir que debes estar afiliada por cuenta propia o tener un plan compensado con tu marido o pareja.

En simple:

¿Cómo lo hago si soy independiente?
Entonces, ¿Cuál es el beneficio que tiene esta modificación de la ley para ti? Tan simple como que puedes obtener, de igual manera que una trabajadora dependiente, el pago de tu sueldo o parte del mismo (con tope de 66 UF), a través de las licencias de maternidad que paga el Estado por intermedio de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin), en las seis semanas anteriores al nacimiento de tu hijo, y las 24 posteriores.

¿Las mujeres podrán elegir cómo tomarse la extensión del post natal?
Estas semanas adicionales, las podrán administrar de la siguiente manera:
- 12 semanas con permiso completo, con un subsidio equivalente al 100% de su remuneración, con tope de 66 UF
- 18 semanas a media jornada, con un subsidio equivalente al 50% de su remuneración. ¿De qué dependerá el monto del subsidio de postnatal parental?
Para las trabajadoras independientes, el subsidio es un promedio de las 3 remuneraciones obtenidas antes del embarazo, que se compara con el promedio obtenido los 6 meses antes del prenatal. El subsidio es el menor de los dos promedios, garantizando el pago de medio ingreso mínimo mensual y un tope de 66 UF.

¿Quién paga las cotizaciones durante el postnatal?
Las cotizaciones las paga el Estado, a través de Isapre o Fonasa, según corresponda.

¿Y los hombres?
En el caso de los trabajadores independientes hombres, tienen derecho al permiso postnatal parental, el cual pueden ejercer por doce semanas, percibiendo la totalidad del subsidio, o por dieciocho semanas, percibiendo la mitad, además de las rentas o remuneraciones que pudiere percibir, dando aviso a la entidad pagadora del subsidio antes del inicio del periodo.

¿Qué documentos debo presentar en la isapre?
- Licencia Médica Prenatal - Certificado de Inicio de actividades (la puedes imprimir desde tu página de SII) - Certificado de la AFP, donde sale el registo de seis o más cotizaciones continuas o discontinuas. Es decir, tu puedes estar afiliada a una AFP y tener un sistema de salud durante dos años, habiendo cotizado intermitentemente en ese período; en ese caso basta solo con tener seis meses de cotizaciones, dentro de los doce meses anteriores al prenatal, estando pagada la correspondiente al mes anterior al que empieza la licencia (por ejemplo, si tu prenatal comienza en marzo, debes tener pagada la cotización de febrero).

El valor de cada una de estas cotizaciones corresponde a la renta imponible mensual antes del prenatal, si bien se puede imprimir desde la página web de la isapre, recomiendo pedirla en la sucursal de la AFP porque ahí se indica que eres tú la persona que ha pagado las cotizaciones.

Por último, debes tener a mano:
- Las boletas de los últimos 3 meses antes de la concepción.
- La boletas de los 6 meses antes del prenatal.

Una vez que nace tu hijo, debes llevar a la Isapre la Licencia de Postnatal y tomarte tus semanas de descanso laboral, para poder ejercer tu rol de madre tal como lo hace una mujer contratada.

Puedes cotizar tu mejor plan de isapre con nosotros llamando al:

o escríbenos al siguiente correo electrónico:

Email: info@isapreok.cl

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